Ley de Transparencia
El 11 de diciembre de 2013 entró en vigor la denominada “Ley de Transpariencia” (Ley 19/2013, DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO), que contiene una serie de disposiciones diseñadas para aumentar la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno, o responsabilidad del sector público, uniéndose a varias normas autonómicas ya aprobadas con el mismo objeto. No figuraba en el planteamiento inicial, pero finalmente se incluyeron en su ámbito subjetivo de aplicación las entidades no lucrativas que reciben ayudas o subvenciones públicas en determinadas condiciones.
Concretamente, afecta a aquellas entidades cuyo presupuesto anual incluye un 40% o más de ayudas o subvenciones públicas (si conjuntamente superan los 5.000 euros) o, sea cual sea el porcentaje que representen en su financiación, si estas ayudas o subvenciones públicas exceden los 100.000 euros anuales. Es por ello que nuestra Asociación deberá atender a dicha Ley.
Las obligaciones que la Ley nos impone está dispuesta en los artículos 5, 6 y 8, y dicha información estaría resumida en los distintos apartados de esta página.
Esperamos que esta información haya sido de su interés, y que haya accedido de una manera clara, y sencilla; dando cumplimiento así las obligaciones de publicidad activa y transparencia. En caso contrario, diríjase a la sección que corresponda, dentro apartado “CONTACTAR” de nuestra WEB, para ampliar información.
Nuestra Asociación se propone como finalidad la asistencia, educación, diagnóstico, rehabilitación, promoción, integración social y laboral de las Personas con Discapacidad Intelectual. Así mismo persigue fines de asistencia social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, de cooperación para el desarrollo, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, o cualesquiera otros fines de interés general de naturaleza análoga; fomentando para ello la creación de Centros e instituciones de carácter pedagógico, científico, laboral y social para la enseñanza, educación, recuperación e integración socio-laboral de las personas con discapacidad intelectual.
Para todo ello ha creado los siguientes Centros, cuyas funciones se relacionan a continuación:
- Asociación. Está compuesta por los miembros de la Junta Directiva, el Director-Gerente y todos los socios de nuestra Asociación, y su fin es la de mantener reuniones en las que discutir y tomar decisiones para el correcto funcionamiento de la Asociación, y poder así cumplir los fines de la misma.
- Centro de Atención Infantil Temprana. La finalidad de este Centro es la de dar respuesta lo antes posible a las necesidades transitorias o permanentes que presenten niños con trastornos en su desarrollo o que tienen riesgo de padecerlo; todo ello realizando intervenciones dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia y al entorno.
- Colegio “Luis Pastor”. La principal función de este Centro es la de dar enseñanza concertada de educación especial y formación profesional de aprendizaje de tareas a niños con discapacidad intelectual en edad escolar (3 a 21 años).
- Centro de Día Ocupacional para Personas con Discapacidad “Vía Garnata”. Este Centro tiene como objetivo el desarrollo integral de la persona con discapacidad intelectual, mejorando su adaptación al entorno, sus habilidades y su calidad de vida; todo ello a través de tareas acordes a sus capacidades individuales y centrándonos en la formación personal, habilitación e integración social y laboral.
- Centro de Día Ocupacional para Personas con Discapacidad “Aprosmo”. Este Centro tiene como objetivo el desarrollo integral de la persona con discapacidad intelectual, mejorando su adaptación al entorno, sus habilidades y su calidad de vida; todo ello a través de tareas acordes a sus capacidades individuales y centrándonos en la formación persona, habilitación e integración social y laboral.
- Centro de Día Ocupacional para Personas con Discapacidad “El Romero”. El objetivo de este Centro es el de fomentar la integración social y proporcionar una actividad útil a personas en edad laboral que, por su discapacidad intelectual, no pueden acceder a puesto de trabajo ordinarios o especiales, mejorando su adaptación al entorno, sus habilidades y su calidad de vida; todo ello a través de tareas acordes a sus capacidades individuales y centrándonos en la formación personal, habilitación e integración social y laboral.
- Centro de Día para Personas con Discapacidad “Mare Nostrum”. Este Centro está dirigido a incrementar la calidad de vida de sus usuarios, mediante planes de apoyo individualizado, ofreciendo apoyos en nueve áreas potenciales tales como el desarrollo personal, enseñanza y educación, vida en el hogar, vida en Comunidad, destrezas ocupacionales básicas, salud y seguridad, conductual, social, de protección y defensa.
- Centro Especial de Empleo. La finalidad de este Centro es la de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones de mercado, asegurando así un empleo a trabajadores con Discapacidad Intelectual y, en algún caso, apoyo a la promoción al régimen de trabajo ordinario.
- Centro de Jardinería “Terra Horti”. Este Centro es un punto de venta de plantas y todo lo relacionado con la jardinería donde se pretende conseguir una habilitación laboral apoyando en la promoción al régimen de trabajo ordinario, mejorando las habilidades adaptativas mediante programas de ajuste personal y social y otros servicios
- Residencia “Stella Maris”. Este es un Centro cuya función es dar alojamiento y convivencia, temporal o permanente, de personas con discapacidad intelectual en situación de gran o severa dependencia, que necesitan apoyo de una tercera persona para la realización de la gran mayoría de las actividades de la vida diaria.
- Residencia “Luis Pastor”. Este es un Centro destinado a dar alojamiento y convivencia para personas con discapacidad intelectual en situación de severa dependencia con cierta autonomía personal que, por razones sociales, familiares o laborales-ocupacionales, tienen dificultades para una integración familiar normalizada.
Las normativas de aplicación en nuestra Asociación son las siguientes:
- Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía
- Resolución de 1 de junio de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se revisan los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.
- Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía
- Orden de 21 de diciembre de 2015, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Servicios Sociales para el periodo 2016-2019
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social
- Orden de 28 de julio de 2000, conjunta de las Consejerías de Presidencia y Asuntos Sociales, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía y se aprueba el modelo de solicitud de las autorizaciones administrativas.
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
- Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
- Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo del plan de actuación de las entidades sin fines lucrativo.
- Orden de 20 de octubre de 2010 por la que se regula el procedimiento de calificación e inscripción de los Centros Especiales de Empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de incentivos para Centros Especiales de Empleo regulados en el Decreto 145/2005 de 14 de junio
- Decreto 153/2011, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los servicios sociales de Andalucía.
- Decreto 388/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el régimen de acceso y traslado de personas en situación de dependencia a plazas de centros residenciales y centros de día y de noche.
- Orden de 23 de diciembre de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en centros especiales de empleo, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.
ASOCIACIÓN
- D. JORGE BARBERO BARBERO: Director-Gerente
- D. ANTONIO M. BÉJAR FERNÁNDEZ: Director Técnico
CENTROS
- Centro de Atención Infantil Temprana: D. Ramiro Barbero Carvajal
- Colegio “Luis Pator”: D. Antonio J. Ramírez López
- Centro de Día Ocupacional “Aprosmo”: Dña. Susana Sánchez Díaz
- Centro de Día Ocupacional “Vía Garnata”: D. Joaquín L. Bustos Pretel
- Centro de Día Ocupacional “El Romero”: D. Alfredo J. Gómez Martínez
- Centro de Día “Mare Nostrum”: D. Francisco J. Márquez Jiménez
- C.E.E. Madera: D. José A. González Briones
- Centro de Jardinería “Terra Horti”: D. Adrián Rodríguez Jiménez
- Residencia “Luis Pastor”: D. Nicolás López Béjar
- Residencia “Stella Maris”: Dña. Aurora Velasco Jiménez
SERVICIOS
- Servicio Sanitario: D. Daniel Cruces Gómez
- Familias, Autogestores: D. Antonio Béjar Fernández
- Trabajo Social: Dña. Maribel Rodríguez Rodríguez
- Coordinador Programas y Proyectos: Dña. Susana Correa Cabrera
- Secretaría, Administración e Informática: D. José M. Mesa Ruiz
- Transporte: D. Alfonso Manzaneque Villanova-Ratazzi
Los Estatutos para la Asociación en Favor de las Personas con Discapacidad Intelectual de Motril, la Costa Granadina y Alpujarra (APROSMO), recogen en el Título Cuarto, Capítulo Segundo, artículo 30º:
“Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán gratuitamente sus cargos, sin perjuicios de poder ser reembolsados por los gastos debidamente justificados que el desempeño de su función les ocasione”.